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Todo sobre el Divorcio Incausado

Actualizado: 18 sept 2022

Conoce los supuestos, requisitos, documentos y aspectos generales del Divorcio Incausado o Unilateral.

El 3 de octubre de 2008 se estableció en el Código Civil para el DF (CCDF) el divorcio sin expresión de causa, el artículo 266 de dicho ordenamiento señala a la letra "El divorcio disuelve el vínculo del matrimonio y deja a los cónyuges en aptitud de contraer otro. Podrá solicitarse por uno o ambos cónyuges cuando cualquiera de ellos lo reclame ante la autoridad judicial manifestando su voluntad de no querer continuar con el matrimonio, sin que se requiera señalar la causa por lo cual se solicita".


Lo anterior significa que solo se requiere el deseo de uno de los cónyuges de no continuar unido en matrimonio para que proceda, sin justificar ninguna causa o aportar ninguna prueba. Procede cuando uno de los cónyuges no desea divorciarse, existe el derecho para el otro de presentar una demanda de divorcio unilateral ante los Juzgados Familiares, en la CDMX ubicados en Av. Juarez 8, Col. Centro, Alcaldía Cuauhtémoc, CDMX, y que el Juez Familiar declare la disolución.


 

El procedimiento inicia con la presentación de una solicitud de divorcio acompañada por una propuesta de convenio, señalado en el artículo 267 del CCDF, para regular las consecuencias inherentes a la disolución del vínculo matrimonial, debiendo contener aspectos de guarda y custodia de los hijos menores, régimen de visitas del padre que no tiene la guarda y custodia de los hijos menores, pensiones alimenticias cuando correspondan, uso del domicilio conyugal, liquidación de bienes, para los casos de matrimonios por separación de bienes señalar las compensación cuando corresponda.


 

Posteriormente se deberá emplazar al cónyuge contrario en domicilio señalado en la demanda inicial, dicho cónyuge formulará su contestación dentro de los 9 días hábiles siguientes a la notificación, o bien se podrá allanar u omitir su contestación, lo último lo podrá en estado de rebeldía a dicho cónyuge. Posteriormente se llevará a cabo la audiencia de ley, y el Juez Familiar resolverá invariablemente la disolución del matrimonio, dejando a salvo el derecho de las partes de resolver los aspectos del convenio en la vía incidental, en caso de no ponerse de acuerdo en algún aspecto referido previamente.


Así mismo, se requiere acompañar los siguientes documentos:

  1. Copia certificada del acta de matrimonio.

  2. Acta de nacimiento de los hijos, aún mayores de edad.

  3. Para matrimonios por sociedad conyugal, y que existan bienes inmuebles por liquidar o dividir, se requiere copia certificada de las escrituras.

  4. Para bienes muebles, las facturas respectivas.

  5. Listado de enseres de la casa, en caso de existir.

  6. En general avalúo de los bienes habidos en el matrimonio.

  7. Comprobante del último domicilio conyugal.

  8. Si procede pensión alimentaria, señalar la fuente laboral del cónyuge al que se le pedirá, y si ya está pagando, copia certificada de la sentencia de pensión.

Una vez decretado el Divorcio Incausado se procederá a realizar la anotación marginal en el acta de matrimonio correspondiente en el Registro Civil.



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